En el caso específico del Asma Bronquial, para evitar el Broncoespasmo Inducido por Ejercicio (BIE), las sustancias utilizadas en su tratamiento las encontramos en las diferentes categorías de las clases de sustancias prohibidas.
En deportistas sujetos a control de dopaje, el terapeuta y el equipo técnico deben considerar las regulaciones de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).
La Lista se actualiza anualmente tras un extenso proceso de consulta facilitado por la AMA. La fecha de entrada en vigor de la Lista es el 1 de enero de cada año.
La AMA mantendrá el texto oficial de la Lista de Prohibiciones y se publicará en inglés y francés. En caso de conflicto entre las versiones inglesa y francesa, prevalecerá la versión inglesa.
El doping infringe la ética, tanto del deporte como de las ciencias médicas.
El doping consiste en: administrar sustancias que pertenezcan a clases prohibidas de agentes farmacológicos y/o utilizar diversos métodos prohibidos
CLASES DE SUSTANCIAS PROHIBIDAS.
- Estimulantes.
- Narcóticos.
- Agentes anabólicos.
- Diuréticos.
- Hormonas pépticas, miméticos y análogos.
MÉTODOS PROHIBIDOS
- Doping sanguíneo
- Administración de transportadores artificiales de oxígeno ó expansores plasmáticos.
- Manipulación farmacológica, química y física.
CLASES DE DROGAS SUJETAS A CIERTAS RESTRICCIONES.
- Alcohol.
- Cannabinoides.
- Anestésicos locales.
- Glucocorticoides.
- Betabloqueantes.
ESTIMULANTES:
Las sustancias prohibidas que pertenecen a la clase (A) comprenden los siguientes ejemplos: amifenazol, anfetaminas, amineptino, bromatán, cafeína *, carfedon, coacína, efedrinas **, fencanfamina, mesocarbe, pentilenterazol, pipradol, salbutamol ***, salmeterol ***, terbutalina ***
Dentro de este grupo se encuentran las efedrinas que se suelen usar en el tratamiento de esta patología.
Su uso está prohibido para los deportistas asmáticos.
Si bien para que una orina sea considerada positiva debe superar un umbral determinado, es posible determinar relación ingesta con niveles de excreción ya que el nivel de concentración de una sustancia ingerida en la orina intervienen fundamentalmente tres variables: dosis ingerida, tiempo entre la ingesta y la recolección de la orina y ritmo de excreción individual.
Debe contraindicarse el uso de estas sustancias en deportistas ya que es sumamente peligroso jugar con los tiempos de excreción.
La indicación médica NO habilita el uso de estas sustancias.
Beta 2 agonistas : Su uso por pacientes asmáticos se encuentra perfectamente reglamentado por el Comité Olímpico Internacional y la Ley Nacional Nº 24.819.
El uso sistémico de esta sustancia (oral, rectal o inyectable) se encuentra prohibido, solo esta permitido el uso por vía inhalatoria del salbutamol, formoterol, salmeterol y terbutalina.
El médico especialista en asma y el médico de equipo, deberá informar el uso por vía inhalatoria de alguno de estos tres beta 2 agonistas previamente a la competencia.
Se adjunta modelo que se utiliza actualmente:
- Salbutamol por inhalación: dosis máxima de 1600 microgramos cada 24 horas, en dosis divididas que no excedan 600 microgramos a lo largo de 8 horas empezando con cualquier dosis.
- Formoterol por inhalación: dosis máxima liberada de 54 microgramos cada 24 horas;
- Salmeterol por inhalación: dosis máxima de 200 microgramos cada 24 horas;
- Vilanterol por inhalación: dosis máxima de 25 microgramos cada 24 horas.
Hay que tener en cuenta que la presencia urinaria de salbutamol en una concentración mayor de 1000 ng/mL o de formoterol en una concentración mayor de 40 ng/mL no es consistente con el uso terapéutico de la sustancia.
Por ello se considerará un Resultado Analítico Adverso (RAA) a menos que el (la) deportista demuestre por medio de un estudio farmacocinético controlado que el resultado anormal fue consecuencia de una dosis terapéutica (por inhalación) hasta la dosis máxima indicada anteriormente.
Esta lista e indicaciones entró en vigor el 1 de enero de 2022 y ya se encuentra disponible la actualización 2023.
En dicho informe se deberá explicar la razón del uso del beta 2 agonista, nombre de la sustancia, vías de administración, dosis, duración del tratamiento.
El uso de los demás beta 2 agonistas excepto el de los nombrados anteriormente está prohibido por cualquier vía de administración incluida la inhalatoria.
Glucocorticoides: Su uso se encuentra regulado dentro del grupo III de clase de drogas sujetas a ciertas restricciones.
Su uso se encuentra prohibido por vía sistémica (oral, rectal o por inyección intramuscular o endovenosa).
Solo está permitido su uso intralesional, o tópico, nasal, oftalmológico, inhalatorio, dérmico, etc. De acuerdo a las reglas de las diferentes Federaciones será necesario su declaración antes de la competencia.
El uso de muchas monodrogas utilizadas por dicha población, aún las que no necesitan de prescripción médica, se encuentran prohibidas en los deportistas, dado que su uso podría favorecerlos en la competencia deportiva.