Difusión del conocimiento de las ciencias médicas

07/07/2025

Suplementación nutricional en el deporte – Prescripción

Por Dr. Villa Rubén

. Lectura de 5 minutos

En el 2025, el negocio por consumo mundial de suplementos dietarios alcanzará una venta de 200 mil millones de dólares.

Actualmente la suplementación en deportistas parece ser indispensable sobre todo si prestamos atención a la publicidad existente en todos los medios de difusión representada por algunos deportistas de élite patrocinados por los propios fabricantes.

También por todo tipo de “influencers” a través de redes sociales, que parecen asegurar con su utilización el éxito deportivo y social.

El hecho es que su consumo es elevado entre deportistas siendo los de élite quienes los consumen más, entre el 64% y el 92%, dependiendo del tipo de deporte, sexo y edad (mayor en hombres que en mujeres e incrementando con la edad).

 Añadiendo, desconocimiento sobre su eficacia y dosis, sobre los efectos secundarios y del riesgo de dopaje involuntario por contenido en sustancias dopantes no citadas en su composición, ya sea por contaminación cruzada o de forma intencionada.

Destacando esteroides androgénicos, hormonas o prohormonas, potenciadores de testosterona, β2 agonistas y estimulantes).

Con el agravante implícito del peligro para la salud (situaciones a riesgo encubiertas, alteraciones patológicas y dependencia).

Consumo y comercialización

Los objetivos principales del consumidor habitual y del esporádico, es llegar y/o mantener un nivel competitivo alto, prevenir lesiones, acelerar la recuperación y modificar la composición corporal (disminución de peso, incremento del componente muscular).

Los productos a la venta se pueden adquirir en establecimientos de dietética, supermercados, tiendas de deportes, perfumerías u otros y lo más tentador, online a través de páginas web de dudosa fiabilidad.

Su utilización se amplía a gran parte de la población que realiza cualquier tipo de actividad física. Los más consumidos son: proteínas, aminoácidos, multivitamínicos, creatina, glutamina y cafeína.

Esta demanda junto a la forma de difusión y comercialización hacen que sea un negocio muy lucrativo sin que exista para el fabricante una puesta a la venta con exigencias de control de calidad y seguridad.

Obligando, además, a incluir todos los componentes en el etiquetado con información veraz de su eficacia basada en la evidencia científica.

En el 2017 el nivel de negocio por consumo mundial alcanzó los 128 mil millones de dólares, estimándose una venta de 200 mil millones de dólares para 2025.

Cabe preguntarse porqué se toman estos productos sin una prescripción de profesionales sanitarios.

Existen distintas situaciones que inducen a su consumo como son hábitos dietéticos carenciales, mala condición física, lesiones repetitivas, ansia de conseguir un éxito deportivo.

Si el resultado no es satisfactorio, esa persona puede seguir probando según recomendaciones de su entorno (deportivo, social, familiar) y si no lo hace, siempre hay dispuestos nuevos candidatos para su iniciación en este círculo.

Valoración Nutricional

 Se debe asesorar a los atletas sobre el uso adecuado de suplementos nutricionales y ayudas ergogénicas, que deben ser utilizados sólo tras una valoración nutricional.

Además de una cuidadosa evaluación de seguridad para la salud, eficacia, requisitos legales y cumplimiento de la reglamentación antidopaje donde debe participar un profesional de la nutrición.

La valoración nutricional sistemática es útil para ajustar la dieta a las necesidades del ejercicio practicado.

Se debe prescribir, si es necesario, un tratamiento o suplementación nutricional, como para despistaje de situaciones a riesgo, susceptibles de suplementación.

Entre ellas las carencias nutricionales por hábitos alimentarios a riesgo, dietas desequilibradas por defecto o exceso, trastornos del comportamiento alimentario y el síndrome de deficiencia energética relativa en el deporte (REDs).

Suplementacion nutricional

La suplementación puede ser necesaria y lo es en deportes sobre todo practicados en situaciones adversas de climatología (calor, humedad, frío negativo), altitud y cuando se detectan carencias nutricionales.

Así, se posicionan la Academia Americana de Nutrición y Dietética, Dietistas de Canadá, el Colegio Americano de Medicina Deportiva, la Sociedad Española de Medicina del Deporte (SEMED) y el Comité Olímpico Internacional (COI), entre otras entidades.

La suplementación nutricional debe cumplir con las IDR (Ingesta Dietética Recomendada), UL (Tolerable Upper intake level – Límite máximo de seguridad en la ingesta diaria), guías alimentarias de salud y las recomendaciones en el deporte.

Pudiendo presentarse interacciones no deseadas y alteraciones del estado de salud por su ingesta en exceso, como ocurre por ejemplo con el calcio y las vitaminas C, D y E.

Las decisiones sobre la suplementación deben estar bien razonadas y justificadas evitando que el deportista por iniciativa individual o mal asesorado siguiendo mensajes publicitarios, recurra a la adquisición y consumo de productos existentes en el mercado con riesgo tanto para su salud como para caer en la dependencia y el dopaje.

Debemos considerar que la dificultad está en la elección del producto, ya que no existe una definición común de suplemento nutricional o dietético, utilizada tanto a nivel científico, como a nivel legislativo.

 Suplementos dietéticos

 Se citan variablemente como suplementos nutricionales, dietéticos, complementos alimenticios, sustancias o ayudas ergogénicas.

En el ámbito del deporte el Comité Olímpico Internacional definió como suplemento dietético “un alimento, componente alimenticio, nutriente o compuesto no alimentario que se ingiere a propósito además de la dieta consumida habitualmente con el objetivo de lograr un beneficio específico para la salud y/o el rendimiento”.

Reglamentaciones 

A nivel legislativo europeo se encuentra en vigor una reglamentación que regula la comercialización de los llamados complementos alimenticios (nutriente, sustancia, alimento o categoría de alimentos) con un etiquetado que puede citar declaraciones nutricionales y propiedades saludables aprobadas por la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (European Food Safety Authority – EFSA).

A su vez, España en el cumplimiento del mismo y su desarrollo normativo ,informa a través de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) del «Censo de los complementos alimenticios».  En él se puede verificar su legalidad (buscador de complementos alimenticios), de sus declaraciones nutricionales junto a las propiedades saludables (buscador de declaraciones) y de si existe alguna alerta sanitaria (alertas alimentarias de complementos alimenticios).

Con esta información podemos obtener datos sobre la legalidad del producto, sus recomendaciones de uso para la población en general y su consumo seguro, las declaraciones nutricionales y saludables, y si hay una recomendación para el esfuerzo físico, pero no nos aporta datos para su ingesta y fiabilidad en la práctica específica del deporte.

Normativas legales

En consecuencia, para el asesoramiento y la prescripción de los suplementos en el deporte, y asegurar la salud del deportista tratando de acabar con un negocio sin escrúpulos e incluso con un mercado negro, es preciso guiarse de normativas legales y fuentes fiables.

Asi, como la normativa vigente en cuanto a su comercialización como complementos alimenticios y de las recomendaciones de uso.

Otras denominaciones con nutrientes o sustancias que aseguren la investigación bajo evidencia científica (dosis, beneficios, efectos ad versos, interacciones con otras sustancias y riesgo de dopaje) aportadas por estudios científicos con evidencia concluyente (ensayos clínicos aleatorios – ECAs, revisiones sistemáticas, metaanálisis).

Los consensos de sociedades científicas relacionadas con el deporte (The American College of Sports Medicine – ACSM, Sociedad Española de Medicina del Deporte – SEMED, entre otras) y demás entidades (como COI) conjuntamente con agencias de seguridad alimentaria (entre ellas, la Agencia Española de Seguridad).

Los certificados de las empresas productoras asegurando que no contienen sustancias dopantes, certificados de calidad emitidos por empresas independientes como por ejemplo aquellas reconocidas por la Agencia Antidopaje de los Estados Unidos – USADA (United States Anti-Doping Agency) garantizando por lotes la ausencia de sustancia dopantes prohibidas por la WADA (Agencia Mundial Antidopaje).

Fuentes:

IMAGEN: Fitgal -https://fitgal.es/2021/08/08/es-necesaria-la-suplementacion-nutricional/ Archivos de Medicina del Deporte https://archivosdemedicinadeldeporte.com/articulos/upload/EDITORIAL_223.pdf Suplementación nutricional en el deporte. Teresa Gaztañaga Aurrecoetxea Unidad de Medicina del Deporte. Hospital de Día QUIRONSALUD. Junta de Gobierno de la Sociedad Española de Medicina del Deporte. Grupo Nutrición SEMED. doi: 10.18176/archmeddeporte

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